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domingo, 25 de enero de 2015

Llamado Urgente de la OMCT por detención y torturas contra activista en #México

Barcelona/ Mambí en A/ El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), ha recibido nuevas informaciones y solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en México.

Nueva Información:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre la continuación del hostigamiento así como de la continuación de la detención arbitraria, desde mayo de 2013, del Sr. Damián Gallardo Martínez, defensor de los pueblos indígenas y de la educación, originario de la región Mixe en el Estado de Oaxaca. El Sr. Gallardo ha formado parte de diversos comités por la liberación de presos políticos, y además ha participado activamente en otras actividades, como por ejemplo, en la lucha magisterial y en la promoción de propuestas de educación comunitaria y popular en las comunidades indígenas de la Región Mixe y Zapoteca de la Sierra de Oaxaca.

Según las informaciones recibidas, a pesar de la solicitud por parte del Sr. Gallardo Martínez de que se aplicara el protocolo de Estambul para determinar la existencia de tortura, los peritos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sólo llevaron a cabo algunas de las pruebas necesarias, haciéndolo además de forma tendenciosa intentando condicionar el resultado. Además, únicamente emitieron un informe parcial en el que se establece la ausencia de indicios a pesar de las pruebas físicas de tortura. Por ello, la defensa del Sr. Gallardo Martínez solicitó la intervención de peritos externos que hicieron un dictamen el cual salió positivo y ha sido entregado a los jueces que llevan la causa penal en el Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco el 12 de noviembre.

Durante su 70ª sesión en agosto de 2014, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas emitió la Opinión 23/2014 sobre el caso del Sr. Gallardo Martínez. El Grupo de Trabajo concluyó que su arresto y su detención fueron arbitrarios, y afirmó que su encarcelamiento parece deberse a sus actividades en favor de la promoción de los derechos humanos de las poblaciones indígenas de su región. El Grupo de Trabajo dió cuenta del imcumplimiento de las obligaciones internacionales por parte del Estado Mexicano y pidió que las autoridades competentes adoptaran medidas para la reparación de las injusticias cometidas en contra del Sr. Gallardo Martínez.

El Observatorio está preocupado por la integridad física del Sr. Damián Gallardo y expresa su profundo rechazo frente a la detención arbitraria y los actos de tortura a los que éste fue sometido. Asimismo el Observatorio teme que estos hechos hayan sido motivados en razón de las actividades en defensa de los derechos humanos que el Sr. Gallardo venía llevando a cabo los últimos años.

Antecedentes:

El 18 de mayo del 2013, el Sr. Damián Gallardo Martínez fue violentamente arrestado, en su domicilio particular en Reyes Mantecón, en Valles Centrales de Oaxaca. El arresto se realizó con allanamiento de domicilio, por el que posteriormente se interpuso una denuncia penal[1] y sin orden judicial o ningún otro tipo de documento firmado por una autoridad competente. Los captores rompieron la chapa de la puerta, entraron en la casa, donde también se encontraban la hija y la pareja del Sr. Gallardo, y tras cubrirle la cara, fue trasladado a un domicilio privado dónde fue incomunicado y torturado. Posteriormente, el Sr. Gallardo fue incomunicado durante aproximadamente 30 horas, denegándole su derecho a comunicarse con sus familiares y con su abogado. El mismo día 18 de mayo, se interpuso un juicio de amparo frente a la desaparición de persona, incomunicación y tortura[2]. No fue hasta las 6:00 horas del día siguiente, el 19 de Mayo, que se comunicó a su hermana, la Sra. Florencia Gallardo Martínez, que el Sr. Gallardo se encontraba detenido en la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

Según las informaciones recibidas, forzaron al Sr. Damián Gallardo a firmar confesiones de auto culpabilidad, amenazándole que si no firmaba las hojas en blanco matarían y violarían a sus familiares. En repetidas ocasiones se le pidió que firmara documentos que les permitieran inculpar a integrantes del movimiento social en los delitos de “delincuencia organizada” y “secuestro” de menores posteriormente alegados. Para ello, obligaron al Sr. Gallardo a presenciar actos de tortura física a otros detenidos. A su vez, le privaron de alimentos y le prohibieron usar sanitarios. El Sr. Gallardo también recibió golpes en los testículos, estomago y le pisaron repetidamente los pies, además de obligarlo a permanecer por un tiempo prolongado en posición de cuclillas.

Según reconoció un comunicado oficial del 19 de mayo, momento en que la detención se hizo pública, de la Secretaría de Gobernación, de la Procuraduría General de la Republica, de la Secretaria de la Defensa Nacional, de la Secretaria de Marina y del Consejo Nacional de Seguridad, dicha detención se llevó a cabo como resultado de una investigación realizada por funcionarios públicos de la Policía Federal, en cooperación con la Procuraduría General de la Republica (PGR), en el marco de la Averiguación Previa PGR/SEIDO/UEIDMS/270/2013 iniciada en la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la PGR. A pesar de dicho comunicado, cabe destacar que no existe registro inmediato de la detención donde se especifique la fecha y la hora en la que fue detenido el Sr. Gallardo.

El perito que examinó al Sr. Damián Gallardo el 18 de mayo, no reconoció la tortura, y tan solo diagnosticó huellas de violencia física. En particular determinó que éste presentaba “equimosis rojiza de uno punto cinco centímetros de diámetro localizada en la región zigomática izquierda; aumento de volumen en cara dorsal de pie derechos”. Sin embargo, no se realizó un diagnostico especializado y en consecuencia el tratamiento médico prescrito fue insuficiente, ya que éste se limitó a prescribir al Sr. Gallardo antiinflamatorios. Asimismo, el diagnóstico omitió informaciones tan elementales como son el momento de la ejecución de las lesiones, el lugar dónde se produjeron, la naturaleza del instrumento u objeto que las produjeron, etc.

Según las informaciones recibidas, la Sra. Florencia Gallardo Martínez pudo finalmente ver a su hermano a las 22.30 horas del 19 de mayo de 2013. Sin embargo, dicha concesión venia condicionada a que la Sra. Gallardo declarara en relación a los hechos. Al negarse a declarar o firmar ningún documento, solo le permitieron entrar a ver al Sr. Gallardo durante cinco minutos. Durante su visita pudo ver los golpes que el Sr. Gallardo presentaba a consecuencia de la tortura física y psicológica a la que había estado sometido.

Según las mismas informaciones recibidas, tras su detención, no se permitió al Sr. Gallardo comunicarse con su abogado. Frente a dicha situación se pidió la intervención de la CNDH. Dos miembros de la CNDH, la Sra. Guadalupe Vallejo y el Sr. Francisco Abraham Garza Sandoval, consiguieron entrar a verlo el día 20 de mayo y finalmente el día 21 de mayo de 2013 el Sr. Gallardo pudo reunirse por vez primera con su abogado. Además los visitadores de la CNDH consiguieron que todas las confesiones de culpabilidad realizadas por el Sr. Gallardo y que habían sido obtenidas bajo tortura, fueran desestimadas. Asimismo, se pudo desestimar una diligencia de ampliación de la declaración ministerial del Sr. Gallardo, ya que ésta había sido realizada sin presencia de un abogado. Posteriormente, el 24 de mayo del 2013, se presentó una denuncia penal por los actos de “desaparición forzada”, “abuso de autoridad” y “tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes” en la Delegación de la PGR en Jalisco[3].

El día 22 de mayo de 2013, el Ministerio Público interpuso una acción penal en contra del Sr. Gallardo y otras doce personas[4] más, por el delito de “delincuencia organizada” y solicitó una orden de aprehensión por el delito de secuestro de dos menores, tras lo cual, el día 22 de mayo fue trasladado al penal de máxima seguridad ‘Puente Grande’ en Jalisco. Posteriormente, el 25 de mayo, se dictó un auto de formal prisión por el delito de delincuencia organizada, y el 16 de junio por el delito de Secuestro de Menores. Frente a dichos autos se interpusieron recursos de apelación.

El auto de formal prisión por el delito de delincuencia organizada fue revocado, aunque el 28 de enero de 2014 se volvió a dictar auto de formal prisión en contra del Sr. Gallardo por el mismo delito y mismos argumentos del auto revocado. Frente a este segundo auto se presento recurso de apelación, el cual esta pendiente frente al Cuarto Tribunal Unitario del Tercer Circuito de Zapopan Jalisco, Toca Penal Número 83/2014.

El auto de formal prisión por el delito de secuestro fue también revocado pero el día 2 de febrero del 2014, el Juez Sexto de Procesos Penales Federales de Jalisco volvió a dictar auto de formal prisión en contra del Sr. Gallardo por el mismo delito y mismos argumentos usados en el anterior auto revocado. Frente a este segundo auto se ha vuelto a presentar un recurso de apelación, el cual esta en proceso en el Cuarto Tribunal Unitario del Tercer Circuito de Zapopan Jalisco, Toca Penal Número 94/2014.

El proceso penal sigue en curso en el Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, y podría llegar a ser condenado a una pena de hasta 75 años por los delitos de delincuencia organizada y secuestro de menores.

Otro episodio de violencia ocurrió el día 26 de mayo de 2014, cuando el Sr. Damián Gallardo Martínez fue agredido físicamente e insultado por parte de otro reo por su condición de indígena, en las canchas deportivas del Centro Federal de Readaptación Social número 2 (CEFERESO), dónde se encuentra actualmente detenido. El Sr. Gallardo recibió golpes y patadas en el rostro y en otras partes del cuerpo. Tras la agresión, dicho reo amenazó al Sr. Gallardo para que no denunciara los hechos. Frente al temor de volver a ser víctima de otra agresión, el Sr. Gallardo, declaró que las heridas habían sido causa de una caída. Por su parte, el reo agresor informó falsamente que había sido víctima de extorsiones por parte del Sr. Gallardo, lo que supuso que los funcionarios penitenciarios segregaran al Sr. Gallardo del resto de los reclusos. Con ello, las autoridades del centro dieron el conflicto por solucionado.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:

i. Tomar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Damián Gallardo Martínez, y en general la de todos los defensores de derechos humanos en México;

ii. Liberar de forma inmediata al Sr. Gallardo Martínez y poner fin a todo tipo de hostigamiento judicial en su contra, así como en contra de todos los defensores de derechos humanos en México;

iii. Adoptar medidas para la reparación de las injusticias cometidas en contra del Sr. Gallardo Martínez tal y como establece la decisión del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas.

iv. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, incluyendo la detención arbitraria y los actos de tortura - así como retomar su compromiso en aplicar el Protocolo de Estambul sobre la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes - y que el resultado de la investigación se haga público con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

v. Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento y amenazas en contra del Sr. Gallardo y, en general, en contra de todos los defensores de derechos humanos en México;

vi. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

- Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”
- Artículo 5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente”
- Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;

vii. De manera general, y garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

Direcciones:

• Sr. Presidente Enrique Peña Nieto, Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. FAX: (+52) 55 5093 4901; E-mail: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx
• Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación (Ministro del Interior) Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX + (+52) 55 5093 34 14 E-mail: secretario@segob.gob.mx
• Lic. Jesús Murillo Karam, Procurador General de la República, Av. Paseo de la Reforma 211-213, Col. Cuautemoc Distrito Federal, México. E-mail: jesus.murillo@pgr.gob.mx
• Lic. Lía Limón García, Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX (+52) 55 5728 7400 Ext. 24586 E-mail: llimon@segob.gob.mx
• Dr. Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Angel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040, Fax: (+52) 0155 36 68 07 67 E-mail: correo@cndh.org.mx
• Sr. Lic. Gabino Cué Monteagudo, Gobernador del Estado de Oaxaca. Palacio de Gobierno (Planta Alta), Plaza de la Constitución, Centro Oaxaca de Juárez, Oaxaca, CP 68000, México. Email: gobernador.gabino.cue@gmail.com, gobernador@oaxaca.gob.mx.
• Sra. Mtra. Eréndira Cruzvillegas, Comisionada para la Atención de los Derechos Humanos del Gobierno de Oaxaca. Palacio de Gobierno, Bustamante esquina con Guerrero S/N, Centro, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, CP 68000, México. Email: erendiracruz@oaxaca.gob.mex.
• Sr. Lic. Arturo de Jesús Peimbert Calvo, Defensor de los Derechos Humanos de Pueblo de Oaxaca. Calle de los Derechos Humanos No20, Col América, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, CP6850, México. Email: correo@derechoshumanosoaxaca.org; visitaduria@derechoshumanosoaxaca.org.
• Sr. Embajador Jorge Lomónaco, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 15 chemin Louis-Dunant. 1202, Ginebra, Suiza. FAX: (+41) 22 748 07 08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int
• Sr. Embajador Juan José Gómez Camacho, Embajada de México en las Comunidades Europeas, y Observadora Permanente de México ante el Consejo de Europa, 94 avenue F.D. Roosevelt, 1050 Bruselas, Bélgica. Fax: +32 2 644 08 19. E-mail : embamex@embamex.eu / jgomezc@sre.gob.mx


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Ginebra-Paris, 23 de enero de 2015

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