Foto: Protesta contra el régimen de Maduro en Febrero de 2014.
Barcelona/ Mambí en A/ El Parlamento venezolano debe rechazar las inaceptables restricciones a la libertad de asociación contenidas en el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional, reclamó hoy el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OMCT (Organización Mundial Contra la Tortura) y de la FIDH (Federación Internacional de Derechos Humanos).
El Observatorio muestra su seria preocupación por el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional que busca limitar de forma injustificada la posibilidad de las ONG para acceder a fondos de cooperación internacional, de modo que para recibir este tipo de fondos, las ONG tendrán que cumplir con “los lineamientos y las políticas que al efecto establezca el presidente” en materia de cooperación internacional. Además, el proyecto de ley tiene un articulado ambiguo y poco preciso que crea un riesgo evidente de arbitrariedad y discrecionalidad por parte de los poderes públicos. El Proyecto está siendo tramitado por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y podría ser aprobado en los próximos días, los últimos del periodo de sesiones antes de las elecciones parlamentarias que tendrán lugar el próximo 6 de diciembre de 2015.
“Este proyecto de ley parece partir de una errónea visión negativa sobre el importantísimo papel que desempeña la sociedad civil independiente para garantizar el respeto y la promoción de los derechos humanos. Resulta especialmente preocupante en el contexto de la campaña de difamación y estigmatización de los defensores y defensoras de los derechos humanos así como de la sociedad civil que ha venido produciéndose durante los últimos meses”, declaró Gerald Staberock, Secretario General de la OMCT.
Según los estándares internacionales las restricciones legales del derecho de acceso a la financiación son las mismas que las admitidas con respecto a la libertad de asociación, es decir, deben estar siempre “previstas por la ley”, ser “necesarias en una sociedad democrática”, y respetar el principio de proporcionalidad.
El Observatorio considera que el Proyecto de Ley no respeta esos estándares porque no existen suficientes justificaciones para aumentar los controles públicos a las ONG puesto que ya están reguladas y controladas por distintas leyes y órganos públicos, que garantizan un exhaustivo control de la licitud de su creación y de sus actividades. Además, el Proyecto de Ley abre la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda establecer obligaciones no definidas en la ley a través de la promulgación de un reglamento, lo cual atenta contra el principio de reserva legal para la regulación del ejercicio de los derechos humanos que nunca pueden ser regulados en normas de rango inferior a la ley.
“Resulta inadmisible que el Estado restrinja y administre la financiación internacional para las ONG y que el Estado fije las prioridades y los objetivos de los proyectos que reciban este tipo de financiación. Las víctimas de violaciones de derechos humanos y los sectores más vulnerables serían los grandes perjudicados por estas limitaciones al trabajo de la sociedad civil”, declaró Karim Lahidji, Presidente de la FIDH.
Por todo lo anterior, el Observatorio urge a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela a rechazar la nueva regulación afectando a la libertad de asociación. Asimismo, se insta al Gobierno de Venezuela a que garantice el cese de la campaña de difamación y estigmatización en contra de los defensores y las defensoras de los derechos humanos y contra las organizaciones de la sociedad civil venezolana, y a que reconozca la legitimidad del trabajo que desempeñan.
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