Barcelona/ Mambí en A/ Sol García Basulto, de La Hora de Cuba y corresponsal de 14ymedio, fue acusada por la dictadura comunista de la dinastía Castro de "usurpación de la capacidad legal" por ejercer el periodismo.
La SIP expresa solidaridad con la periodista cubana en prisión domiciliaria por ejercer el periodismo
La periodista Sol García Basulto se encuentra desde ayer en prisión domiciliaria. La periodista fue citada el lunes (24 de julio) por la policía local para informar "novedades" relacionadas a su acusación por presunta "usurpación de la capacidad legal", impuesta en marzo pasado por "hacer entrevistas en la vía pública y publicarlas en la revista".
El agente a cargo de su caso le advirtió que contratara un abogado y expresó -ante una pregunta de la periodista- que Henry Constantín Ferreiro, director de La Hora de Cuba, sería notificado más adelante sobre su proceso. Constantín Ferreiro, vicepresidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP para Cuba, fue acusado por el mismo delito, penalizado en ese país con privación de libertad de entre tres meses y un año, o una multa.
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Roberto Rock, director de La Silla Rota de México, expresó su solidaridad con los colegas cubanos quienes "siguen padeciendo las nefastas consecuencias de lo que implica una sociedad regulada y en el caso de García Basulto y Constantín Ferreiro se ven expuestos a la posibilidad de encarcelamiento por ejercer su derecho a recopilar información y difundirla a través de un medio de comunicación, un derecho humano amparado por numerosos tratados internacionales".
Ante este incidente la SIP aprovechó para insistir sobre su oposición al carácter obligatorio de la colegiación y al requerimiento de título universitario para poder ejercer el periodismo. En ese sentido reaccionó en contra de un reciente pronunciamiento del Colegio de Periodistas de Honduras que insta a "regular el ejercicio profesional del periodismo", demanda a las empresas periodísticas a que se "contrate únicamente a periodistas con el correspondiente grado o título universitario" y pide al Ministerio Público que se proceda legalmente por el "delito de usurpación de funciones" contra quienes ejerzan sin título y sin estar colegiados.
En 1985 y ante una solicitud de la SIP, el gobierno de Costa Rica pidió a la Corte Interamericana una opinión consultiva sobre la interpretación de los artículos 13 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos sobre la colegiación obligatoria de los periodistas y la compatibilidad de legislaciones locales con esas disposiciones. La Corte dictaminó "que la colegiación obligatoria de periodistas, en cuanto impida el acceso de cualquier persona al uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para transmitir información, es incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Tras el fallo, Costa Rica declaró inconstitucional la colegiación obligatoria y se fue creando una tendencia desfavorable en la región donde varios países eliminaron esas leyes. La Declaración de Chapultepec de la SIP en su octavo artículo apoya el carácter "estrictamente voluntario" de la colegiación, mientras que la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que "la colegiación obligatoria o la exigencia de títulos para ejercer la actividad periodística, constituyen una restricción ilegítima a la libertad de expresión".
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